Tronador al 3500

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    Departamento en Venta, Saavedra

    U$D 61.500

    + $ 24.000 expensas

    Sup. total: 40 m²
    Sup. total:
    40 m²
    Dormitorio/s: 1
    Dormitorio/s:
    1
    Baño/s: 1
    Baño/s:
    1
    Disposición: Contrafrente
    Disposición:
    Contrafrente
    Sup. cubierta: 40 m²
    Sup. cubierta:
    40 m²

    Descripción

    Departamento de 2 ambientes

    Departamento de 2 ambientes tercer piso por escalera lateral interno luminoso , living comedor, cocina completa, baño, lavadero,
    Con Renta hasta Diciembre del 2024

    Ubicación

    Tronador al 3500

    Estado de la propiedad: Bueno

    Apto prof.: No

    Apto crédito: No

    Acepta mascotas:

    • Agua Corriente
    • Electricidad
    • Gas

    • Lavadero

    Superficie total: 40 m²

    Superficie cubierta: 40 m²

    Disposición: Contrafrente

    Agua caliente: Calefón

    Tipo de edificio: Antiguo

    Código aviso: 366

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    Ley Nº 5.859 Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-