Estomba al 3600

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Casa PH en Venta, Saavedra

U$D 139.500

Sup. total: 149 m²
Sup. total:
149 m²
Dormitorio/s: 3
Dormitorio/s:
3
Antigüedad: 50 años
Antigüedad:
50 años
Baño/s: 1
Baño/s:
1
Estado: Bueno
Estado:
Bueno
Sup. cubierta: 71 m²
Sup. cubierta:
71 m²

Descripción

PH 4 AMBIENTES PB A LA CALLE CON PATIO Y TERRAZA

PH ANTIGUO AL FRENTE CON ENTRADA INDEPENDIENTE, LIVING, COCINA COMPLETA, PATIO, 3 DORMITORIOS, BAÑO COMPLETO, BUEN ESTADO GENERAL. TERRAZA PROPIA DE 58 MTS SE ACCEDE POR EL PASILLO , HAY POSIBILIDADES DE HACER UN ACCESO DESDE EL PATIO , . EXCELENTE UBICACION A MTS DE AV BALBIN, CERCA DE TRANSPORTES PUBLICO Y DE LA ESTACION DE TREN MITRE.

Ubicación

Estomba al 3600

Estado de la propiedad: Bueno

Apto prof.: No

Apto crédito: No

Acepta mascotas:

  • Agua Corriente
  • Cloacas
  • Electricidad
  • Gas
  • Pavimento

  • Lavadero
  • Patio
  • Terraza

Superficie total: 149 m²

Superficie cubierta: 71 m²

Disposición: Al frente

Orientación: Este

Plantas: 1

Agua caliente: Termotanque

Código aviso: 370

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Ley Nº 5.859 Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-