Manuel Ugarte al 3800

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Departamento en Alquiler, Coghlan

$ 350.000

+ $ 80.000 expensas

Sup. total: 32 m²
Sup. total:
32 m²
Baño/s: 1
Baño/s:
1
Disposición: Al frente
Disposición:
Al frente
Sup. cubierta: 32 m²
Sup. cubierta:
32 m²

Descripción

Departamento Monoambiente

MONOAMBIENTE MUY LUMINOSO CONTRAFRENTE ABIERTO CON PEQUEÑO BALCON , PISO ALTO (15) TODO VISTA Y LUZ , CON COCINA SEPARADA, LAVADERO Y BAÑO.

Ubicación

Manuel Ugarte al 3800

Estado de la propiedad: Muy Bueno

Apto prof.: No

  • Agua Corriente
  • Electricidad
  • Gas

  • Lavadero

Superficie total: 32 m²

Superficie cubierta: 32 m²

Disposición: Al frente

Agua caliente: Calefón

Tipo de edificio: Antiguo

Categoría del edificio: Excelente

Código aviso: 385

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Ley Nº 5.859 Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-