NUÑEZ al 5100

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Departamento en Venta, Saavedra

U$D 92.500

Sup. total: 33 m²
Sup. total:
33 m²
Baño/s: 1
Baño/s:
1
Disposición: Al frente
Disposición:
Al frente
Sup. cubierta: 33 m²
Sup. cubierta:
33 m²

Descripción

MONOAMBIENTE LUMINOSO APTO CREDITO

MONOAMBIENTE EN VENTA EN SAAVEDRA. NUÑEZ 5116.
APTO CREDITO. PLANTA BAJA AL FRENTE CON BALCON.
LUMINOSO. SE VENDE AMUEBLADO.
COCINA ELECTRICA. AIRE ACONDICIONADO FRIO CALOR.
DIVISIBLE.
BAÑO COMPLETO.


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Ubicación

NUÑEZ al 5100

Estado de la propiedad: Excelente

Apto prof.: No

Apto crédito:

Acepta mascotas:

  • Agua Corriente
  • Cloacas
  • Electricidad
  • Pavimento

  • Balcón

Superficie total: 33 m²

Superficie cubierta: 33 m²

Disposición: Al frente

Plantas: 1

Agua caliente: Calefón

Cantidad de pisos: 1

Código aviso: 421

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Ley Nº 5.859 Artículo 4°.- Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.- Artículo 5°.- Incorpórase como inciso 9 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley 5666) el siguiente texto: Exhibir en todos los locales y/o oficinas en los que se preste servicios de corretaje inmobiliario carteles visibles al público con la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.-